La asignación familiar por nacimiento, matrimonio y adopción es un beneficio que abona Administración Nacional de la Seguridad Social (Anses) a los trabajadores en relación de dependencia y/o a las personas que se encuentren dadas de alta en el sistema y cumplan con los requisitos para percibirlas.
Para poder saber más sobre el trámite de asignación familiar por nacimiento matrimonio y adopción hay que ingresar a la página oficial de Anses, en la que se actualiza regularmente la información y los requisitos, habiendo generado previamente la clave única y personal de ingreso a «Mi Anses».
Familiarizarse con el manejo del portal oficial «Mi Anses» y efectuar la correcta carga y actualización de datos personales evitará inconvenientes y agilizará procesos en todas las gestiones que se realicen ante ese organismo.
¿En qué consiste la asignación familiar por nacimiento y adopción?
La asignación familiar por matrimonio, nacimiento y adopción es un monto fijo que se abona por única vez al progenitor o progenitores cuando nace un hijo o se adopta a un menor de edad.
Este beneficio de la seguridad social es un estímulo para el aumento de la población, a la vez que una ayuda económica para quienes son padres. Se otorga a personas de bajos ingresos para satisfacer algunas necesidades del recién nacido o del niño adoptado.
Para saber el estado de trámite de matrimonio, nacimiento y adopción hay que ingresar a «Mi Anses» las veces que sea necesario a través de cualquier computadora o el teléfono celular de manera gratuita y 100% online, lo que resulta una gran comodidad para todos los usuarios.
Para percibir la asignación por matrimonio, nacimiento y adopción hay que contar con la siguiente documentación:
- Matrimonio: partida de matrimonio otorgada por el Registro Nacional de las Personas o los respectivos registros provinciales. Actualmente puede obtenerse como documento digital ingresando a la página oficial respectiva, y generalmente tiene un costo y un plazo de validez. En soporte papel también tiene validez y si el matrimonio se celebró en alguna provincia, las «Casas de las Provincias» (sedes ubicadas en CABA) pueden tramitarla a pedido del interesado.
- Nacimiento: partida de nacimiento otorgada por el Registro Nacional o Provincial de las personas (depende de dónde se inscribió el nacimiento). Actualmente puede obtenerse como documento digital ingresando a la página oficial respectiva con costo y plazo de validez. En soporte papel también tiene validez y si el nacimiento se inscribió en alguna provincia, ocurre lo mismo que en el caso de la documentación por Matrimonio.
Si no es posible obtener la partida de nacimiento o el documento contiene un error hay que realizar un trámite administrativo o judicial previo para obtenerla o corregirla y así poder percibir la asignación que otorga Anses.
- Adopción: testimonio o certificado expedido por el Juzgado Nacional o provincial (depende de dónde tramitó el proceso de adopción) con transcripción de la sentencia que la concede.
No obstante, una vez finalizado el trámite en la Justicia se inscribe el nacimiento en el Registro Civil de Nación o Provincia y se otorga los padres el acta o certificado de igual forma como si el nacimiento se hubiese producido por causa natural o biológica. Se necesita además contar con los DNI de los padres y del hijo.
Para percibir la asignación familiar por nacimiento y adopción se requiere que el menor tenga entre dos meses y dos años o si es adoptado dentro de los dos meses y dos años de dictada la sentencia de adopción.
Los ingresos individuales o del grupo familiar no deben superar el límite vigente al momento de realizar el trámite, además de contar con seis meses de antigüedad en su empleo por parte del trabajador activo.
Para asistir personalmente a la UDAI (oficina de atención de Anses correspondiente al domicilio del beneficiario) hay que sacar turno. El trámite es gratuito y no se necesita gestor o abogado.
¿Cuándo corresponde la asignación familiar por matrimonio?
Cuando dos personas contraen matrimonio tienen derecho a percibir la suma de dinero otorgada por Anses.
Se otorga por única vez siempre que se trate de trabajadores registrados (SUAF); titulares de prestación por desempleo; titulares de una prestación otorgada por aseguradora de riesgos del trabajo (ART); trabajadores de temporada o titulares de una pensión honorífica de Veteranos de Guerra del Atlántico Sur.
Al igual que otras gestiones relacionadas con la seguridad social, quien solicite el beneficio deberá haber informado y acreditado el matrimonio en «Mi Anses» y tramitarlo dentro de los dos meses y dos años de celebrado el matrimonio.
Además de la partida o acta de matrimonio se requiere acreditar identidad con DNI original.
Para realizar el trámite hay que sacar un turno y concurrir a la UAI correspondiente al domicilio de alguno de los cónyuges. El trámite es gratuito y no se requiere gestor o abogado para su obtención.
Hay que tener acreditado el matrimonio en «Mi Anses» y solicitar la asignación dentro del término de dos meses y dos años de haber contraído nupcias.
Además, los ingresos individuales y familiares no deben superar el límite o tope que establece Anses y que se actualiza cada tanto, por lo que conviene recolectar la información de la página oficial al momento de solicitar su pago.
El trámite es presencial con turno previo asignado para concurrir a la UDAI correspondiente al domicilio, o telefónico si están acreditados los hechos con la documentación respaldatoria.