El gobierno fijo nuevos requisitos para acceder al cobro de la Asignación Universal por Hijo (AUH) que realiza Anses, en el marco de la decisión oficial de extender el beneficio para incorporar a un millón más de niños que se sumarán a los 4,3 millones que ya lo perciben.
«La Asignación Universal por Hijo por derecho propio va a la mamá, siempre está abierto el sistema. Para poderte mantener hay que demostrar que tus hijos están estudiando o tienen la vacunación correspondiente cuando tienen edad de vacunación, si no se justifican ese tipo de cosas el sistema te deja afuera», explicó el gerente de Anses en Tucumán, Enrique Salvatierra.
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«Hoy, por la situación que se está viviendo, el sistema los vuelve a tomar y esa gente va a volver a cobrar», agregó.
Para finalizar, indicó que «si la Asignación Universal por Hijo tiene una mejora y sale algún tipo de pago extra (IFE) no saldrá para todos».
Para acceder a la Asignación Universal por Hijo para Protección Social, se requerirá:
– Que la niña, el niño, adolescente y/o la persona con discapacidad sea argentino/a nativo/a, naturalizado/a o por opción. Cuando sean extranjeros, tanto los beneficiarios como sus progenitores o las personas que los tengan a cargo, deberán acreditar en ambos casos los 2 años de residencia legal en el país.
– Acreditar que la persona que percibirá el beneficio tiene a su cargo a la niña, al niño, adolescente y/o persona con discapacidad, en función de las disposiciones del Código Civil y Comercial de la Nación y de conformidad con la documentación que la Administración Nacional de la Seguridad Social (Anses) disponga a estos fines.
– La acreditación de la condición de discapacidad será determinada en los términos del artículo 2º de la Ley de Protección Integral de Discapacitados, certificada por autoridad competente.
– Hasta los 4 años de edad -inclusive-, deberá acreditarse el cumplimiento de los controles sanitarios y del plan de vacunación obligatorio. Desde los 5 hasta los 18 años, deberá acreditarse además la concurrencia de las niñas, los niños y adolescentes obligatoriamente a establecimientos educativos públicos.
– Acreditar que tanto el titular del beneficio como la niña, el niño, adolescente y/o persona con discapacidad residen en el país.