La Administración Nacional de la Seguridad Social (ANSES) prorrogó hasta noviembre próximo el deber de realizar el trámite de “Fe de vida” que deben realizar todos los jubilados y pensionados (o sus apoderados) para poder cobrar sus haberes.
De acuerdo con el artículo 4 de la resolución, a partir del próximo 1° de noviembre “las entidades pagadoras deberán asegurar procedimientos -complementarios a los mecanismos presenciales- para dar cumplimiento a su deber de control de supervivencia, que no obliguen al beneficiario a presentarse físicamente en sucursal o centro pago”.
¿Qué es la Fe de Vida?
Es un trámite obligatorio que consiste en demostrar que el beneficiario del haber sigue con vida. Es una medida que se utiliza para corrobar que el dinero lo reciba efectivamente el beneficiario y no terceros. Se realiza de forma periódica en la entidad bancaria o el centro de pago pautado. Cada establecimiento fija, de forma autónoma, la periodicidad y modalidad del procedimiento.
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El trámite queda realizado de distintas maneras:
* Cobrando la jubilación o pensión por ventanilla en el banco.
* Realizando una compra con la tarjeta de débito o crédito del banco donde se depositan los haberes.
* Colocando la huella digital en los diferentes tótems de los bancos o de las oficinas de la Administración Nacional de la Seguridad Social (Anses).