1- ¿Qué actividades físicas están incluidas?
Caminar, correr, andar en bicicleta, tenis, pádel, golf, pesca deportiva y todas aquellas actividades que puedan realizarse al aire libre y sin aglomeración de personas, siempre respetando las medidas de seguridad.
2- ¿En qué horarios?
Entre las 7 y las 21. Sin embargo, cada municipio podrá determinar días y horarios de realización de determinada actividad, para evitar aglomeración de personas. Se sugiere que la sesión de actividad no dure más de una hora.
3- ¿Quiénes pueden hacerlo y quiénes no?
Sólo están habilitados a sacar el permiso las personas de entre 15 y 60 años. Quedan exceptuadas las personas que presenten síntomas compatibles con covid-19, quienes hayan tenido contacto estrecho con personas sospechosas o confirmadas de covid-19 o que provengan de lugares con circulación activa dentro del país o desde el exterior sin haber cumplido cuarentena obligatoria ni sometido a control. Se evaluarán casos particulares en donde la actividad física de personas pertenecientes a grupos de riesgo esté recomendada por prescripción médica.
4- ¿Debo ser deportista federado?
No es necesario. Se puede practicar en forma recreativa o con fines de ejercicio, siempre cumpliendo con las medidas de seguridad.
5- ¿Dónde se puede hacer actividad física?
En lugares a cielo abierto y cercanos al domicilio. Para el caso en que se autorice la realización de actividades en canchas o espacios específicos para la práctica pertenecientes a clubes, complejos, instituciones públicas o privadas, la habilitación estará restringida exclusivamente a éstas áreas, sin funcionamiento de sedes, quinchos, cantinas, gimnasios, vestuarios, espacios cerrados, ni canchas ni predios techados.
6- ¿Se puede ir con alguien o en grupo?
La práctica debe ser individual. Respetar en todo momento el distanciamiento social: entre 10 metros y 20 metros hacia adelante y atrás, y tres metros laterales.
7 – ¿Qué precauciones debo tomar?
Evitar el uso de transporte de pasajeros, sea público o privado. Además, se recomienda mantener una estricta higiene personal y de los elementos con que se realiza la actividad. Evitar el uso de pistas de salud, bebederos y sanitarios.
8- ¿Qué pasa si no tengo el permiso?
Si no se porta el permiso, les cabe a los infractores las generales de la ley. Serán aprehendidos y trasladados al complejo Belgrano por circular en la vía pública sin una justificación, acusados de violar el aislamiento social obligatorio. Se lo hace en el marco de los artículos 205 y 239 del Código Procesal Penal y se les abre una causa en su contra. Así lo confirmó Luis Medina Ruiz, secretario ejecutivo médico del Comité Operativo de Emergencia.
9- Al permiso, ¿debo llevarlo impreso o puedo llevarlo en el celular?
Al certificado gestionado hay que portarlo en todo momento. Al papel de lo puede plastificar o bien, al archivo PDF se lo puede bajar al celular y mostrarlo a la autoridad a partir de ese equipo.